Publicada en el Boletín Oficial del 01/10/09, esta resolución da a conocer el procedimiento para gestionar la Jubilación Automática para los Trabajadores en Relación de Dependencia que se encuentren afiliados al Sistema Previsional Argentino, cuya sigla es SIPA. El trámite se encuentra habilitado a quienes acrediten la totalidad de años de servicios en relación de dependencia y cuenten con edad para jubilarse a partir del segundo semestre del 2009. Para ello deben contar como mínimo con 30 años de servicios y residir en el país al momento de solicitar la jubilación. Se encuentran excluídos de tramitar su jubilación mediante este servicio, entre otros: quienes ya hubieran iniciado el trámite jubilatorio con anterioridad; aquellos que registren períodos con condiciones de servicios diferenciados; registren al menos un período como aportantes autónomos o monotributista, o bien en calidad de becarios o pasantes.
El solicitante debe ingresar el pedido a través de la página WEB del organismo, www.anses.gob.ar, opción Mi Historia Laboral, debiendo ingresar su CUIL y Clave de la Seguridad Social. A la semana del inicio del trámite podrá consultar en la página WEB el estado del trámite. La aprobación o rechazo del trámite será notificada al domicilio que haya declarado y a su dirección de correo electrónico. |